La videovigilancia, indispensable para garantizar el bienestar animal en los mataderos de acuerdo al Real Decreto aprobado
El pasado 23 de agosto se publicó en el BOE el Real Decreto 695/2022 en el que se establecen medidas para el control del bienestar de los animales en los mataderos mediante la instalación de sistemas de videovigilancia, siendo España el primer país de la UE en aprobar esta medida.
Desde SurTelecom Madrid podemos ayudarte a cumplir la normativa vigente con soluciones integrales diseñadas para este mercado concreto a través de nuestro fabricante Hikvision, líder mundial en el mercado de CCTV¡¡
El Real Decreto hace hincapié en la responsabilidad que el personal de dichas instalaciones ha de tener, asegurando que “el propietario, poseedor o titular de cualquier otro derecho sobre un animal debe ejercer sus derechos sobre él y sus deberes de cuidado respetando su cualidad de ser sintiente, asegurando su bienestar conforme a las características de cada especie y respetando las limitaciones establecidas en esta y demás normas vigentes”
¿Cómo garantizaremos ese bienestar? El Sistema de Videovigilancia del Bienestar de los Animales (SVBA) en los mataderos exigirá la realización de controles mediante CCTV que permitan comprobar el adecuado trato a los animales, “respetando en todo momento la intimidad de las personas trabajadoras (…) en el marco de las disposiciones de la Unión Europea”
El real decreto, además, fija los lugares que deben contar con cámaras para la videovigilancia, así como los requisitos para su instalación, funcionamiento y mantenimiento.
Pero, ¿qué requisitos (entre otros) tendrán estas instalaciones de CCTV ?
- Las imágenes han de guardarse durante 30 días, asegurando el acceso a ellas a los pertinentes servicios de inspección.
- Todas las instalaciones sin excepción deberán poner cámaras de seguridad, independientemente del tamaño de los espacios. Para los grandes mataderos, estos tendrán un año desde la publicación del real decreto en el BOE para su implementación, mientras que los pequeños podrán tener hasta dos años.
- Las cámaras deberán abarcar, al menos, las zonas en las que se encuentren animales vivos, pasando por las zonas de descarga, los pasillos de conducción y demás zonas donde se proceda a las actividades de aturdimiento y sangrado.
- Se deben revisar grabaciones de los procesos de manera suficiente como para detectar irregularidades y estas revisiones deben constar en un registro.
- El acceso a las grabaciones debe estar protegido y se deben poder bloquear y extraer imágenes de forma segura y con garantía de autenticidad.
- Se deben detectar las averías y malfuncionamiento de las cámaras y subsanarlos en menos de 10 días.
La plataforma Hikcentral, es capaz de facilitar las tareas recurrentes y garantizar la conservación, bloqueo y extracción de las imágenes según se exige, generando informes de actividad que pueden ser presentados en caso de inspección.
SurTelecom Madrid – La videovigilancia y el bienestar animal